Juicio rápido, abogados expertos en juicios rápidos. | Juicio Rápido.
Un Juicio Rápido es un tipo de proceso contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la instrucción y enjuiciamiento de determinados delitos. Una característica de los delitos que pueden ser instruidos a través de un Juicio Rápido es el límite en la pena de prisión que solicite el Fiscal. Además, sólo se instruirán mediante un Juicio Rápido aquellos delitos cuyo sujeto investigado haya sido detenido o citado para el juicio rápido por la policía. Será por tanto la policía judicial quien remita el atestado al juzgado que vaya a celebrar el Juicio Rápido para su conocimiento y puesta a disposición del letrado que vaya a intervenir en la defensa del investigado en el juicio rápido. Las ventajas de contratar a un abogado particular frente el abogado del turno de oficio para que te defienda en un juicio rápido son múltiples: el abogado lo eliges tú y podrás optar por un especialista en la materia, además si no tienes derecho a la asistencia jurídica gratuita, sabrás desde el principio cuáles serán los honorarios y evitarás sorpresas económicas. Por otro lado, podrás entrevistarte con tu abogado días antes de la celebración del juicio rápido, lo que te permitirá preparar las pruebas y los argumentos para tu defensa o para en caso de conformidad, tratar de minimizar las penas. Un juicio rápido no deja de ser un proceso judicial en el que ir acompañado de un abogado experto es una garantía de éxito.
Juicio, Rápido
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VENTAJAS DE CONTRATAR UN ABOGADO FRENTE AL DEL TURNO DE OFICIO

Abogado de Tu Juicio Rápido:

  1. Te damos una cita y te recibimos en nuestro despacho días antes de la celebración del Juicio Rápido.
  2. En la reunión, te solicitamos toda la información que nos puedas aportar. Así podremos idear con antelación suficiente la defensa que mejor se adapte a los hechos y a tus intereses. Decidiremos los argumentos defensivos.
  3. Te informamos sobre la documentación que debes preparar y llevar el día del Juicio Rápido para presentar como pruebas, en aras del mejor resultado.
  4. Te informamos con el máximo detalle sobre el Juicio Rápido y sobre lo que debes decir y la actitud que debes mostrar, en aras a conseguir el mejor resultado para ti.
  5. Con la previa preparación del Juicio Rápido y de las pruebas, aumenta la probabilidad de conseguir un buen resultado.
  6. Te informaremos sobre el precio del servicio, que estará en función del grado de dificultad de la defensa y de la labor que realmente debamos desempeñar. Así sabrás desde el primer minuto lo que te va a costar tu defensa.
  7. Finalizado el Juicio Rápido, te iremos remitiendo por correo electrónico las resoluciones judiciales que se dicten.

Abogado del turno de oficio:

  1. Le conocerás minutos antes de la celebración del Juicio Rápido en el propio juzgado.
  2. La información que reciba será minutos antes del Juicio Rápido, por lo que no podrá preparar una defensa con la suficiente antelación. Los argumentos de defensa se decidirán sobre la marcha.
  3. No podrá informarte sobre documentación alguna, por lo que acudirás al Juicio Rápido sin pruebas documentales y te enfrentarás al atestado policial tan sólo con tu palabra.
  4. La información que te de sobre el Juicio Rápido no tendrás tiempo de asimilarla, por lo que no tendrás tiempo de prepararte y podrías tener sorpresas negativas.
  5. Sin la previa preparación del Juicio Rápido y de las pruebas, disminuye la probabilidad de conseguir un buen resultado.
  6. Si trabajas y no tienes derecho al turno de oficio, no podrás negociar con antelación el precio, y deberás pagar la factura que te presente. Sabrás el precio cuando te presente la factura, después del juicio.
  7. Finalizado el Juicio Rápido, habrá terminado el servicio contigo y si procediera, te remitiría la factura a tu dirección.

Si quieres contratar un abogado de Tu Juicio Rápido, llama a los teléfonos

91 229 38 55 / 609 904 468

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